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¿Quién ayuda al propietario que perdió su vivienda?

Por CODI 15 min de lectura
¿Quién ayuda al propietario  que perdió su vivienda?
Paso 1

Quedar en el censo oficial de Damnificados

Es indispensable quedar registrado formalmente en la lista de afectados para acceder a las ayudas del Gobierno.

  • La lista se realiza junto a la Alcaldía (física o en la oficina regional).
  • No te pueden dejar fuera si vives ahí como arrendatario o dueño.
  • Asegúrate de revisar la lista oficial publicada por la entidad.
  • Pide copia o certificado si es posible para futuras reclamaciones de ayudas.
Paso 1
Paso 2

Revisar el seguro y no suponer

Antes de asumir cualquier pérdida, valida la póliza y cobertura actual de la vivienda o arrendamiento.

  • Informa al asegurador lo antes posible.
  • Revisa las cláusulas de tu póliza (cubren terremotos, remoción de escombros, etc.).
  • No asumas que no te cubre nada; muchos créditos hipotecarios incluyen pólizas de seguro con muy buena cobertura.
  • Toma fotos, vídeos y evidencias antes de mover o demoler cualquier elemento.
Paso 2
Paso 3

¿Dónde vive la familia mientras tanto?

Evalúa las opciones temporales mientras el organismo encargado emite un dictamen de habitabilidad.

  • Revisa si el seguro incluye auxilio o subsidio de arrendamiento temporal.
  • Valida subsidios de vivienda temporal otorgados por entes gubernamentales.
  • Consulta con la Alcaldía sobre alojamiento temporal de emergencia.
  • Si eres arrendatario: evalúa la terminación del contrato por fuerza mayor.
  • Mantiene los recibos de arrendamiento o alojamiento temporal para futuros cobros.
Paso 3
Paso 4

Seguro + ayudas del Estado, no hay que escoger

Tener un seguro privado no anula el derecho a recibir atención y auxilio por parte de las entidades públicas.

  • SEGURO: Las aseguradoras atienden coberturas privadas según la póliza adquirida.
  • ESTADO: Asiste por catástrofe mediante subsidios, auxilios y reubicación.
  • ENTIDAD TERRITORIAL: Atiende la vulnerabilidad general del área afectada, ofreciendo respuestas de infraestructura.

* Ambos mecanismos son totalmente independientes y complementarios. Que tengas seguro no significa que el Estado deba ignorarte, ni que el Estado te ayude limita el cobro de tu seguro.

Paso 4
Paso 5

En propiedad horizontal — ¿quién reclama qué?

Es importante diferenciar las zonas comunes de las privadas para orientar las solicitudes de cobro e indemnización correctamente.

  • Zonas comunes (fachadas, estructuras, ascensores): Administrador y consejo de administración con la póliza de la copropiedad.
  • Bienes o zonas privadas (muros internos, acabados): Propietario directamente o a través de su seguro individual.
  • Muebles y enseres: Cada propietario o arrendatario afectado con sus respectivas pólizas de contenidos.

* La administración debe informar formalmente los avances con el seguro global del edificio a los propietarios.

Paso 5
Paso 6

¿Hay que seguir pagando administración si el apartamento quedó inhabitable?

Por norma general, las cuotas de administración deben seguir pagándose, salvo acuerdos extraordinarios aprobados por la asamblea.

  • Aún sin poder usarse el inmueble, los costos operativos de seguridad, aseo y mantenimiento de la copropiedad se mantienen.
  • Se sugiere solicitar una asamblea extraordinaria para acordar reducciones o diferir cobros.
  • ¿Qué pasa con las cuotas fijas? El seguro de la copropiedad o individual en algunos casos suele contemplar estos costos según la póliza.

* Es clave mantener la comunicación activa con la administración para buscar soluciones colectivas y no generar mora innecesaria.

Paso 6

Nadie tiene que HACER ESTO SOLO

Si usted está leyendo esto en medio de la pérdida, no necesita entender todo el sistema jurídico para acceder a lo que le corresponde, y no tiene que pagar por lograrlo.

Líneas de apoyo GRATUITO:
  • Procesos jurídicos de reclamación o acompañamiento que requieras de manera gratuita.
  • Consultorios jurídicos de las facultades de Derecho que prestan asistencia técnica.
  • Líneas de atención gubernamental gubernamentales y locales.
  • Personerías Municipales o Defensoría del Pueblo.

PERDER LA VIVIENDA ES MUCHO MÁS QUE PERDER PAREDES:

es perder el lugar seguro donde la familia construye sus proyectos y guarda su memoria. Por eso, el proceso de recuperación del patrimonio, la vivienda y la comunidad empieza por la información clara y oportuna. Estar informados nos permite exigir lo que nos corresponde y tomar decisiones con criterio.

EN UNA EMERGENCIA NO SOLO SE CAEN PAREDES:

también se confunden los derechos y las obligaciones.

Con esta guía informativa queremos acompañar a la comunidad aportando certeza en momentos difíciles y recordando que la solidaridad también se construye con la orientación adecuada.

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